martes, 4 de diciembre de 2012

INFORMACIÓN SENSIBLE

La falta de privacidad de historial medico ha conducido a la perdida de puestos de trabajo así como discriminación, 
robo de identidad, ya que estos registros contienen datos confidenciales de la vida intima de los pacientes.
son dato muy sensibles tales como enfermedades que pueden acarrear un estigma social.

la información sensible que contiene el historial medico es:
. historia medica de su familia.
.resultados de la prueba de laboratorios.
.medicamentos recetados.
.detalles de estilos de vida
. uso de cigarros y drogas.

los médicos aseguran al paciente que sus registros serán de alta confidencialidad, y en muchos casos
hacen todo lo posible por que estos se mantengan privados.
en la actualidad no existe una ley que proteja plenamente la privacidad de los registros médicos.

los pacientes tienen derechos de restringir el uso y divulgación de su información medica, así como
el hecho de revocar el consentimiento previo por presentar una solicitud por escrito al personal.
los pacientes tienen derecho de presentar una queja cuando su derechos de confiabilidad han sido violados.

En mi opinión el personal medico debe estar capacitado para poder resguardar el material confidencial que el paciente le ha confiado, es por eso que el personal de salud debe contar con el conocimiento bien cimentado acerca del asunto para así evita tener problemas con el paciente y en caso contrario por que no tener una sanción, ya que esta violando los derechos de privacidad de un paciente, así como también esta faltando a su ética y valores que lo catalogan como medico.




Referencias bibliográficas

http://translate.google.com.mx.

http://www.wao.gov.uk/goodpractice/2080.asp

http://www.consumer-action.org/downloads/english/medical_privacy.pdf

DATOS CLÍNICOS

En términos de lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana 168, el Expediente Clínico se define como el conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos en los cuales el personal de salud deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con apego a las normas sanitarias, de ahí que sea necesario construir un concepto adicional, el de “datos clínicos”, que a nuestro parecer podría definirse como el “conjunto de información sobre la evolución y estado actual de salud de una persona, identificada o identificable, cuya ordenación en un expediente permite su tratamiento adecuado, en función de su finalidad para brindar un conocimiento más o menos exacto de la intervención del equipo de salud y en el cual se espera encontrar, como mínimo, datos sobre diagnóstico, pronóstico y tratamiento”.





Conforme a lo anterior, es posible asegurar que la confianza es un elemento esencial para que el paciente entregue al equipo sanitario, incluso de viva voz, datos sobre su estado de salud durante el proceso de atención médica. La confianza se convierte así, en uno de los elementos sustanciales de la atención del paciente, pues de otra manera no sería posible encontrar información tan personal en el expediente clínico.








http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2252/17.pdf
http://www.msc.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/docs/CMDIC.pdf


Justificar Las Excepciones a la Confidencialidad




¿Que es la Confidencialidad?



Confidencialidad: el término significa “lo que se hace o dice en confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas”. Así se denomina al derecho del paciente a que todos aquellos que lleguen a conocer datos relacionados con su persona, por su participación directa  o indirecta en las funciones propias de las instituciones sanitarias, respeten su intimidad y cumplan con el deber de secreto. La salvaguarda de la confidencialidad es un deber de la institución, responsable de garantizar la protección de los datos frente a un mal uso o acceso injustificado a los mismos.

Lo Que Debemos Saber

Desde los tiempos de Hammurabi, 2500 años antes de Cristo, las  normas de ética médica han hecho referencia a la obligación de guardar secreto. El Juramento Hipocrático hace 24 siglos, recogía: “Guardaré silencio sobre todo aquello que en mi profesión, o fuera de ella, oiga o vea en la vida de los hombres que no tenga que ser público, manteniendo estas cosas de manera que no se pueda hablar”. El secreto profesional es, por tanto, un deber asumido desde siempre por todos los médicos, independientemente de las características de su profesión. No sería hasta los siglos XVIII y XIX cuando se empezara a considerar el cumplimiento del deber de secreto como un derecho de las personas. Así, la confidencialidad es un derecho de los pacientes, constituyendo su salvaguarda un deber de la institución en su conjunto y un elemento más de la calidad de la asistencia.

Marco ético de referencia 

Históricamente se ha considerado que los profesionales de la salud tienen la obligación ética de mantener el secreto de todo aquello que conocen en el ejercicio de su profesión. Con esta confianza el paciente se acerca a su médico. Sin embargo, en nuestro tiempo se han planteado excepciones al deber de confidencialidad, justificadas por el deseo de evitar graves daños al propio paciente o a terceras personas.

Las Excepciones

Una fundamentación exclusiva  de la confidencialidad en la autonomía del paciente plantea problemas con aquellos que sufren limitaciones o carecen de ella, pudiendo llegar a ser una obligación muy poco exigente en algunas situaciones, como cuando se ha producido una pérdida irreversible de las funciones mentales. Del mismo modo, algunas informaciones podrían ser reveladas por considerar que no afectan a la vida del paciente, lo cual añade el problema de tener que determinar cuándo una información puede afectar a la vida presente o futura de un determinado paciente. Debe recordarse, a este respecto, que el secreto médico se fundamenta básicamente en el respeto a la persona. Por eso no corresponde al facultativo, ni a sus colaboradores, juzgar lo que es o no importante para cada paciente, a la hora de decidir si se puede divulgar o no, o si se debe proteger más o menos.

MANEJO ADECUADO DE LOS DATOS DE LA HISTORIA CLINICA


La Historia clínica es el conjunto documental que se crea para recoger la información generada durante la asistencia sanitaria a un paciente y que puede registrarse en diferentes soportes tales como papel, registros gráficos, radiografías, soportes magnéticos, ópticos u otros.
La función principal de la Historia Clínica es de orden asistencial. Es el medio básico que posibilita la correcta comunicación y la actuación eficaz de los miembros de los diferentes equipos asistenciales que puedan intervenir en el cuidado de cada uno de los pacientes.
Existen además otras posibles actividades para las que es necesario el uso de parte o de toda la información contenida en la Historia Clínica.
Tal es el caso de la investigación clínica, la docencia, la gestión de los recursos sanitarios, la evaluación de la calidad de las prestaciones asistenciales, actuaciones jurídicas, estadística sanitaria o la constitución de un fondo histórico documental.
El manejo del expediente clínico produce en la práctica conflictos reales de intereses y derechos entre pacientes y trabajadores de la salud o entre éstos y otro tipo de instituciones o personas. Puede presentarse, por ejemplo, el conflicto por una parte, entre el derecho de la protección de la vida privada del paciente como un derecho humano fundamental frente al deber del secreto de las actuaciones médicas.
Puede suceder que el incorrecto manejo del expediente clínico produzca daños a los pacientes cuando éstos requieran ya no tener acceso al documento, sino cuando éste no revela toda la información de los diagnósticos, sea omiso en las indicaciones que los trabajadores de la salud realizan o simplemente no aparecen dentro del expediente documentos o elementos esenciales para la protección de los derechos del paciente.
Una persona tiene pleno derecho a solicitar que se realice una epicrisis para el uso de su propio interés, como lo puede ser por ejemplo que lo haga con el fin de obtener una pensión por invalidez, para obtener una incapacidad laboral si fuera necesario o para una indemnización por daños y perjuicios con ocasión de un accidente de tránsito o un riesgo laboral. Puede suceder que en estos casos no se pueda realizar la epicrisis o ésta sea incompleta por cuanto faltan datos o estos nunca se hicieron constar. El daño podría ser más serio frente a casos de mala práctica médica.
La pérdida o destrucción de documentos, el estudio de la historia clínica por otras personas sin autorización ni derecho constituyen también actuaciones irregulares del uso del expediente clínico.
Otros problemas ocurren, por ejemplo sucede que en ocasiones se microfilman sólo ciertas piezas del expediente, como son las notas médicas y no ocurre lo mismo con las notas de enfermería.

-El expediente no debe ser utilizado tampoco como instrumento de
• comunicación a otras personas a quienes no les debe interesar o
• conocer acerca de la vida o de las asuntos privados del paciente.

Es el expediente del paciente el documento llamado sólo a resolver aspectos que tengan relación con la salud del paciente. Finalmente el expediente clínico no debe guardar secretos de encubrimientos de errores por parte de los miembros del equipo de salud. Los documentos médicos deben indicar la verdad real de los hechos y no debe nunca ocultar actuaciones que riñan con la ley, la moral o las buenas costumbres.

bibliografia:

HECHO POR ALIX JANELLE CHOC CORNEJO




CONTENIDO DE LA HISTORIA CLINICA



La historia clínica, definida como el conjunto de documentos derivados de la relación médico/ paciente se ha convertido en el vínculo directo entre los usuarios y el hospital, en la atención primaria se le denomina historia de salud. Además de los datos clínicos relacionados con la situación del paciente, su proceso evolutivo, tratamiento y recuperación, ese expediente no se limita a contener una simple narración o exposición de hechos, sino que incluye juicios, documentaciones, procedimientos, informaciones y consentimiento de la persona enferma, basados en el principio de autonomía, en su reconocimiento y aceptación del estado de salud o enfermedad que presenta y en su participación en las tomas de decisiones.
La historia clínica comprende el conjunto de los documentos relativos a los procesos asistenciales de cada paciente, con la identificación de los médicos y de los demás profesionales que han intervenido en ellos, con objeto de obtener la máxima integración posible de la documentación clínica de cada paciente, al menos, en el ámbito de cada centro. Cada centro archivará las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera que sea el soporte papel, audio visual, informático o de otro tipo en el que consten, de manera que queden garantizadas su seguridad, su correcta conservación y la recuperación de la información.
La historia clínica incorporará la información que se considere trascendental para el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud del paciente. Todo paciente o usuario tiene derecho a que quede constancia, por escrito o en el soporte técnico más adecuado, de la información obtenida en todos sus procesos asistenciales, realizados por el servicio de salud tanto en el ámbito de atención primaria como de atención especializada.
HISTORIA CLÍNICA
En la historia clínica es donde la destreza, los conocimientos y la experiencia del personal médico suelen ser puestas a prueba y con más rigor. La información contenida puede obtenerse por diferentes vías a través del método clínico y trabajo semiológico, a saber:
Anamnesis: Información surgida de la entrevista clínica, proporcionada por el propio paciente. Es fundamental, puesto que permite indagar acerca de todos los antecedentes del paciente y familiares, factores de riesgo, inicio de los síntomas, circunstancias en las cuales aparecieron y automedicación para aliviar las manifestaciones clínicas; sin embargo, el interrogatorio no concluye cuando se comienza a examinar al paciente, sino cuando se logra diagnosticar qué padece.
Exploración física o clínica.
Pruebas o exámenes complementarios realizados o indicados por el personal médico.
Juicios de valor: Formulados por el personal médico o extraídos de documentos elaborados por este para fundamentar su diagnóstico y tratamiento, así como también para dejar constancia de la evolución de la enfermedad.
Tratamiento prescrito.
La historia psicosocial es parte de los antecedentes que se revelan a través de una entrevista abierta, no estructurada, con la mayor privacidad y relación afectiva posibles, cuyas adecuadas condiciones posibilitan precisar, de la persona enferma: datos sobre su infancia, aspectos socioeconómicos; interrelaciones con amigos, familiares o sexuales, punto de vista acerca de cómo enfrentar su padecimiento, apoyo familiar u otros elementos de interés para los facultativos.
CARACTERISTICAS DE LA HISTORIA CLINICA
Integralidad: La historia clínica de un usuario debe reunir la información de los aspectos científicos, técnicos y administrativos relativos a la atención en salud en las fases de fomento, promoción de la salud, prevención específica, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, abordándolo como un todo en sus aspectos biológico, psicológico y social, e interrelacionado con sus dimensiones personal, familiar y comunitaria.
 Secuencialidad: Los registros de la prestación de los servicios en salud deben consignarse en la secuencia cronológica en que ocurrió la atención. Desde el punto de vista archivístico la historia clínica es un expediente que de manera cronológica debe acumular documentos relativos a la prestación de servicios de salud brindados al usuario.
 Racionalidad científica: Para los efectos de la presente resolución, es la aplicación de criterios científicos en el diligenciamiento y registro de las acciones en salud brindadas a un usuario, de modo que evidencie en forma lógica, clara y completa, el procedimiento que se realizó en la investigación de las condiciones de salud del paciente, diagnóstico y plan de manejo.
 Disponibilidad: Es la posibilidad de utilizar la historia clínica en el momento en que se necesita, con las limitaciones que impone la ley.  Facilitándose en los casos legalmente contemplados.
 Oportunidad: Es el diligenciamiento de los registros de atención de la historia clínica, simultánea o inmediatamente después de que ocurre la prestación del servicio.
Confidencialidad: La historia clínica es el soporte documental biográfico de la asistencia administrada a un paciente, por lo que es el documento privado de una persona.
 Seguridad: En toda historia clínica Debe constar la identificación del paciente así como de los profesionales que intervienen a lo largo del proceso asistencial.
 Única: La historia clínica debe ser única institucional para cada paciente.
 Legible: Una historia clínica mal ordenada y difícilmente inteligible perjudica a todos, porque dificulta su labor asistencial y a los pacientes por los errores que pueden derivarse de una inadecuada interpretación de los datos contenidos en la historia clínica.

BIBLIOGRAFÍA