martes, 4 de diciembre de 2012



Justificar Las Excepciones a la Confidencialidad




¿Que es la Confidencialidad?



Confidencialidad: el término significa “lo que se hace o dice en confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas”. Así se denomina al derecho del paciente a que todos aquellos que lleguen a conocer datos relacionados con su persona, por su participación directa  o indirecta en las funciones propias de las instituciones sanitarias, respeten su intimidad y cumplan con el deber de secreto. La salvaguarda de la confidencialidad es un deber de la institución, responsable de garantizar la protección de los datos frente a un mal uso o acceso injustificado a los mismos.

Lo Que Debemos Saber

Desde los tiempos de Hammurabi, 2500 años antes de Cristo, las  normas de ética médica han hecho referencia a la obligación de guardar secreto. El Juramento Hipocrático hace 24 siglos, recogía: “Guardaré silencio sobre todo aquello que en mi profesión, o fuera de ella, oiga o vea en la vida de los hombres que no tenga que ser público, manteniendo estas cosas de manera que no se pueda hablar”. El secreto profesional es, por tanto, un deber asumido desde siempre por todos los médicos, independientemente de las características de su profesión. No sería hasta los siglos XVIII y XIX cuando se empezara a considerar el cumplimiento del deber de secreto como un derecho de las personas. Así, la confidencialidad es un derecho de los pacientes, constituyendo su salvaguarda un deber de la institución en su conjunto y un elemento más de la calidad de la asistencia.

Marco ético de referencia 

Históricamente se ha considerado que los profesionales de la salud tienen la obligación ética de mantener el secreto de todo aquello que conocen en el ejercicio de su profesión. Con esta confianza el paciente se acerca a su médico. Sin embargo, en nuestro tiempo se han planteado excepciones al deber de confidencialidad, justificadas por el deseo de evitar graves daños al propio paciente o a terceras personas.

Las Excepciones

Una fundamentación exclusiva  de la confidencialidad en la autonomía del paciente plantea problemas con aquellos que sufren limitaciones o carecen de ella, pudiendo llegar a ser una obligación muy poco exigente en algunas situaciones, como cuando se ha producido una pérdida irreversible de las funciones mentales. Del mismo modo, algunas informaciones podrían ser reveladas por considerar que no afectan a la vida del paciente, lo cual añade el problema de tener que determinar cuándo una información puede afectar a la vida presente o futura de un determinado paciente. Debe recordarse, a este respecto, que el secreto médico se fundamenta básicamente en el respeto a la persona. Por eso no corresponde al facultativo, ni a sus colaboradores, juzgar lo que es o no importante para cada paciente, a la hora de decidir si se puede divulgar o no, o si se debe proteger más o menos.

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