El personal de salud como todo trabajador, tiene derechos los cuales deben ser respetados, de igual manera el personal debe corresponder cumpliendo con las obligaciones correspondientes de acuerdo a lo establecido en los reglamentos.
DERECHOS
El derecho que tiene los
trabajadores a una protección frente a los riesgos derivados del trabajo esta estipulado
en la ley de prevención de riesgos laborales, así como las correspondientes
obligaciones de las empresas.
Con fundamento en el artículo
5° de la constitución federal podemos
decir que los derechos de3l personal de salud son: Dedicarse a ejercer su
profesión de manera libre siempre y cuando sea de manera lícita.
F No
ser privado de la libertad al ejercicio de su profesión a menos que sea por
orden judicial, por daños a terceros y
ofender la integridad de la sociedad.
F Con
referencia al servicio social o
servicios profesionales de índole social obtener las retribuciones en los
términos de la ley con las excepciones que esta señale.
F No
participar en acciones ilícitas que ponga en riesgo su libertad, y ejercer su
profesión.
Conforme al artículo 123
constitucional se determinara si se tiene derecho a: Un trabajo digno y socialmente útil.
Apartado B.
Ä Gozar
de jornadas que no excedan las 8 horas respectivamente.
Ä Pagos por trabajar horas extras al horario
establecido.
Ä Por
cada seis días de trabajo gozar de un día de descanso con salario integro.
Ä Gozar
de vacaciones las cuales nunca serán menores de 20 días al año.
Ä No
ser discriminado en razón del sexo con goce de salario según su cargo.
Ä No
sufrir retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario salvo en los
casos previstos por la ley.
Ä Gozar
de los derechos de escalafón con el fin de que los ascensos se otorguen en
función de los conocimientos aptitudes y antigüedad.
Ä No
ser suspendidos o cesados por causa injustificada salvo en los términos que
fije la ley.
Gozar de seguridad social la cual abarca:
ð Cobertura
de accidentes y enfermedades profesionales.
ð En
caso de accidente o enfermedad se conservara el derecho al trabajo por el
tiempo que determine la ley.
ð Las
mujeres durante el embarazo, no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo
considerable y signifiquen un peligro para su salud, en relación con la
gestación, gozaran forzosamente de un
mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente al parto y otros dos después
del mismo, debiendo percibir su salario integro y conservar su empleo y los
derechos que hubieren adquirido por la relación del trabajo.
ð Las
mujeres en el periodo de lactancia, tendrán dos descansos extraordinarios, por día
de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, además disfrutaran de
asistencia médica y obstétrica, de
medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de guarderías infantiles.
ð Los
familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y
en la proporción que la ley determine.
Derechos específicos:
ð Gozar
de la formación necesaria para los recursos humanos, la cual atenderá las
normas y criterios que emitan las autoridades educativas, en coordinación con
las autoridades sanitarias, con la participación de las instituciones de
educación superior.
ð Gozar
de la capacitación y actualización que les provean las autoridades sanitarias,
son perjuicio de la competencia.
ð Participar
voluntariamente (los profesionales, técnicos y auxiliares de salud), en
actividades docentes). Art. 90.
OBLIGACIONES
Ä
Estar en plenos derechos civiles.
Ä
Poseer titulo totalmente expedido y
debidamente registrado.
Ä
Contar con cedula profesional.
Ä
Obtener de la dirección general de profesiones
patente de ejercicio.
Cuando se trata del ejercicio de una o varias especialidades:
ð Haber
obtenido titulo relativo a una profesión
en los términos que la ley determine.
ð Comprobar
en forma idónea haber realizado estudios especiales de perfeccionamiento
técnico, o científico en la ciencia o rama de la que se trate.
Respecto de los profesionales considerados art. 79.
ð Contar
con título profesional o certificado de especialización legalmente expedidos y
registrados por las autoridades educativas competentes.
En cuanto a los técnicos y auxiliares:
ð Contar
con un diploma legalmente expedido, y registrado por las autoridades
competentes respectivas.
En l ejercicio de la profesión
ð Contar
con un titulo para el ejercicio de la profesión.
El profesional debe:
ð Poner
todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos al servicio de su
paciente.
ð Guardar
estrictamente el secreto de los asuntos que se les confiere por sus clientes,
salvo los informes que obligatoriamente establezcan, las leyes respectivas.
ð Que
los anuncios o publicidad que los profesionistas hagan de sus actividades no
rebasen los conceptos de ética profesional que establezca el colegio
respectivo.
ð Prestar
su servicio social, remunerado ya se trate de estudiantes, profesionistas no
mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave.
ð Tratándose
de ´profesionistas, servir como auxiliares
de las instituciones de investigación científica, proporcionando los
datos e informes que se les soliciten.
ð En
circunstancias de peligro nacional, derivado de conflictos internacionales o
calamidades públicas estén o no en ejercicio, quedaran a disposición del
gobierno federal para que este utilice sus servicios.
Los derechos y obligaciones son
importantes, ya que en ellas se establecen diferentes puntos que los
trabajadores deben exigir, así como
cumplir ya que como se tiene un derecho de igual manera se tiene obligaciones de ejercer la profesión con
responsabilidad y con conocimientos estructurados, aunque actualmente no todos
los derechos y obligaciones se cumplen ya que vemos mala calidad en los
servicios de salud con recurso humanos
con poca calidez, así como también no se hacen respetar los derechos de los
trabajadores por parte de los superiores.
referencias bibliograficasLos trabajadores de la salud es un personal que está en constate riesgo de contraer enfermedades intrahospitalarias por el hecho de estar en constante trato con personas enfermas, ya que la responsabilidad de establecer la salud de los pacientes es lo primordial para el personal de salud.
El personal de salud tiene
derechos así como obligaciones.
DERECHOS
El derecho que tiene los
trabajadores a una protección frente a los riesgos derivados del trabajo esta estipulado
en la ley de prevención de riesgos laborales, así como las correspondientes
obligaciones de las empresas.
Con fundamento en el artículo
5° de la constitución federal podemos
decir que los derechos de3l personal de salud son: Dedicarse a ejercer su
profesión de manera libre siempre y cuando sea de manera lícita.
F No
ser privado de la libertad al ejercicio de su profesión a menos que sea por
orden judicial, por daños a terceros y
ofender la integridad de la sociedad.
F Con
referencia al servicio social o
servicios profesionales de índole social obtener las retribuciones en los
términos de la ley con las excepciones que esta señale.
F No
participar en acciones ilícitas que ponga en riesgo su libertad, y ejercer su
profesión.
Conforme al artículo 123
constitucional se determinara si se tiene derecho a:
Un trabajo digno y socialmente útil.
Apartado B.
Ä Gozar
de jornadas que no excedan las 8 horas respectivamente.
Ä Pagos por trabajar horas extras al horario
establecido.
Ä Por
cada seis días de trabajo gozar de un día de descanso con salario integro.
Ä Gozar
de vacaciones las cuales nunca serán menores de 20 días al año.
Ä No
ser discriminado en razón del sexo con goce de salario según su cargo.
Ä No
sufrir retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario salvo en los
casos previstos por la ley.
Ä Gozar
de los derechos de escalafón con el fin de que los ascensos se otorguen en
función de los conocimientos aptitudes y antigüedad.
Ä No
ser suspendidos o cesados por causa injustificada salvo en los términos que
fije la ley.
Gozar de seguridad social la cual abarca:
ð Cobertura
de accidentes y enfermedades profesionales.
ð En
caso de accidente o enfermedad se conservara el derecho al trabajo por el
tiempo que determine la ley.
ð Las
mujeres durante el embarazo, no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo
considerable y signifiquen un peligro para su salud, en relación con la
gestación, gozaran forzosamente de un
mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente al parto y otros dos después
del mismo, debiendo percibir su salario integro y conservar su empleo y los
derechos que hubieren adquirido por la relación del trabajo.
ð Las
mujeres en el periodo de lactancia, tendrán dos descansos extraordinarios, por día
de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, además disfrutaran de
asistencia médica y obstétrica, de
medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de guarderías infantiles.
ð Los
familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y
en la proporción que la ley determine.
Derechos específicos:
ð Gozar
de la formación necesaria para los recursos humanos, la cual atenderá las
normas y criterios que emitan las autoridades educativas, en coordinación con
las autoridades sanitarias, con la participación de las instituciones de
educación superior.
ð Gozar
de la capacitación y actualización que les provean las autoridades sanitarias,
son perjuicio de la competencia.
ð Participar
voluntariamente (los profesionales, técnicos y auxiliares de salud), en
actividades docentes). Art. 90.
OBLIGACIONES
Ä
Estar en plenos derechos civiles.
Ä
Poseer titulo totalmente expedido y
debidamente registrado.
Ä
Contar con cedula profesional.
Ä
Obtener de la dirección general de profesiones
patente de ejercicio.
Cuando se trata del ejercicio de una o varias especialidades:
ð Haber
obtenido titulo relativo a una profesión
en los términos que la ley determine.
ð Comprobar
en forma idónea haber realizado estudios especiales de perfeccionamiento
técnico, o científico en la ciencia o rama de la que se trate.
Respecto de los profesionales considerados art. 79.
ð Contar
con título profesional o certificado de especialización legalmente expedidos y
registrados por las autoridades educativas competentes.
En cuanto a los técnicos y auxiliares:
ð Contar
con un diploma legalmente expedido, y registrado por las autoridades
competentes respectivas.
En l ejercicio de la profesión
ð Contar
con un titulo para el ejercicio de la profesión.
El profesional debe:
ð Poner
todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos al servicio de su
paciente.
ð Guardar
estrictamente el secreto de los asuntos que se les confiere por sus clientes,
salvo los informes que obligatoriamente establezcan, las leyes respectivas.
ð Que
los anuncios o publicidad que los profesionistas hagan de sus actividades no
rebasen los conceptos de ética profesional que establezca el colegio
respectivo.
ð Prestar
su servicio social, remunerado ya se trate de estudiantes, profesionistas no
mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave.
ð Tratándose
de ´profesionistas, servir como auxiliares
de las instituciones de investigación científica, proporcionando los
datos e informes que se les soliciten.
ð En
circunstancias de peligro nacional, derivado de conflictos internacionales o
calamidades públicas estén o no en ejercicio, quedaran a disposición del
gobierno federal para que este utilice sus servicios.
Los derechos y obligaciones son
importantes, ya que en ellas se establecen diferentes pun tos que los
trabajadores deben exigir, así como
cumplir ya que como se tiene un derecho de igual manera se tiene obligaciones de ejercer la profesión con
responsabilidad y con conocimientos estructurados, aunque actualmente no todos
los derechos y obligaciones se cumplen ya que vemos mala calidad en los
servicios de salud con recurso humanos
con poca calidez, así como también no se hacen respetar los derechos de los
trabajadores por parte de los superiores.
Referencias bibliográficas
http:// www.toro-valle.gov.co/apc.../Deberes_y_Derechos_en_Salud.p
http:// www.biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/73/tc.pdf
http:// www.sprl.upv.es/pdf/MANUAL_DER_OB.pdf
http:// www.redclinica.cl/.../PROYECTO_LEY_DERECHOS_Y_..
http:// www.saludneuquen.gob.ar/index.php?option...
tengo derechos como funcionario de la salud al renunciar con nueve años de antiguedad y siendo planta como alguna indemnizacion o pago de vacaciones por tomar mas dias administrativo de igual formaq.
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